• Procesos de solicitudes de la nacionalidad española por la «Ley de Memoria Democrática«, llamada tambien «Ley de Nietos». Ayudamos a las personas que tengan el derecho a acojerse a esta variante de Nacionalidad y que necesita de determinados tramites en el proceso de dicha solicitud encargandonos de toda las gestiones.
  • Solicitudes de la nacionalidad española por residencia legal (por residencia de la persona en España durante diez años, cinco, dos o un año, dependiendo de cada caso) de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, y de todos los documentos necesarios para su presentación, inscripción en los exámenes de Conocimientos CCSE y DELE o solicitud de dispensa de la realización del examen CCSE, presentación de la solicitud ante el Ministerio de Justicia, seguimiento del expediente desde su presentación y hasta su concesión, respuestas a los requerimientos del Ministerio de Justicia si es necesario, y trámites de la jura de la nacionalidad hasta la concesión del DNI y Pasaporte español en la Comisaría de la Policía Nacional correspondiente.
  • Interposición del Recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional si no se ha resuelto la nacionalidad española en el plazo de un año o si ésta se ha denegado indebidamente.
  • Solicitud de nacionalidad española para menores de edad.
  • Solicitudes de nacionalidad española de origen para españoles nacidos en el extranjero de padre o madre española; para los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos) ; para los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad; para los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad, al presumirse que son nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea el territorio español; para los menores de 18 años que sean adoptados por un español.
  • Solicitudes de nacionalidad española por opción para aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español; para los que cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España; para los que la determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad; y para aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad.
  • Solicitudes de nacionalidad española por posesión de estado y por carta de naturaleza.

Alejandro Montero Zamora
Director

info@amz-abogado.com